CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

Los certificados de profesionalidad son títulos oficiales, con validez en toda España y expedidos por la Administración laboral, que acreditan que la persona está capacitada para realizar todas las funciones que definen un puesto de trabajo, de acuerdo con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

DOBLE HABILITACIÓN (VIGILANTE DE SEGURIDAD + ESCOLTA PRIVADO).

Entorno Profesional:

Desarrolla su actividad en el área de las empresas de Seguridad (grandes, medianas y pequeñas), que ofrecen sus servicios en edificios, polígonos industriales, urbanizaciones e instalaciones tanto públicas como privadas.

Sectores productivos:

Industrias de producción, distribución, fabricación y almacenamiento de productos y sustancias peligrosas. Superficies comerciales. Centros de ocio. Espectáculos deportivos, artísticos, culturales, convenciones y demostraciones. Instalaciones aeroportuarias, ferroviarias y de transporte urbano. Edificios de la Administración (Ministerios, Delegaciones, Cuarteles, Centros de menores). Bancos y entidades de crédito. Centros hospitalarios y de asistencia sanitaria. Centros de producción de energía y comunicaciones. Protección de personas que no tengan el carácter de autoridades públicas.

Ocupaciones y puestos de trabajo relacionados:

– Vigilantes de seguridad.

– Escolta privado.

– Centrales de producción de energía (nucleares, térmicas, etc.).

– Control de equipajes de pasajeros en aeropuertos y estaciones de trenes, autobuses, estaciones marítimas, etc.

– Transporte de fondos (dinero, valores y objetos valiosos y peligrosos).

Denominación: Vigilancia, Seguridad privada y Protección de personas.

Código: SEAD0112

Familia profesional: Seguridad y Medio Ambiente.

Área profesional: Seguridad y Prevención.

Nivel de cualificación profesional: 2

Al realizar este Certificado de Profesionalidad el alumn@ obtendrá la habilitación como Vigilante de Seguridad y Escolta Privado sin necesidad de acudir a las pruebas de selección que convoca el Ministerio del Interior.

Requisitos necesarios para el ejercicio profesional:

Para ejercer la profesión de Vigilante de Seguridad y de Escolta Privado se precisa estar en posesión de la Tarjeta de Identidad Profesional (T.I.P) expedida por el Director General de la Policía según la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada y el Real Decreto 2364/1994.

DOBLE HABILITACIÓN (VIGILANTE DE SEGURIDAD + VIGILANTE DE EXPLOSIVOS).

Entorno Profesional:

Desarrolla su actividad en el área de las empresas de Seguridad (grandes, medianas y pequeñas), que ofrecen sus servicios en edificios, polígonos industriales, urbanizaciones e instalaciones tanto públicas como privadas.

Sectores productivos:

Industrias de producción, distribución, fabricación y almacenamiento de productos y sustancias peligrosas. Superficies comerciales. Centros de ocio. Espectáculos deportivos, artísticos, culturales, convenciones y demostraciones. Instalaciones aeroportuarias, ferroviarias y de transporte urbano. Edificios de la Administración (Ministerios, Delegaciones, Cuarteles, Centros de menores). Bancos y entidades de crédito. Centros hospitalarios y de asistencia sanitaria. Centros de producción de energía y comunicaciones. Protección de personas que no tengan el carácter de autoridades públicas.

 

Ocupaciones y puestos de trabajo relacionados:

– Vigilantes de seguridad.

– Vigilante de Explosivos.

– Vigilante de minas.

– Depósito y traslado de explosivos.

– Centrales de producción.

– Control de equipajes de pasajeros en aeropuertos y estaciones de trenes, autobuses, estaciones marítimas, etc.

– Transporte de fondos (dinero, valores y objetos valiosos y peligrosos).

Denominación: Vigilancia, Seguridad privada y Protección de Explosivos.

Código: SEAD0212

Familia profesional: Seguridad y Medio Ambiente.

Área profesional: Seguridad y Prevención.

Nivel de cualificación profesional: 2

 

Al realizar este Certificado de Profesionalidad el alumn@ obtendrá la habilitación como Vigilante de Seguridad y Vigilante de Explosivos sin necesidad de acudir a las pruebas de selección que convoca el Ministerio del Interior.

Requisitos necesarios para el ejercicio profesional:

Para ejercer la profesión de Vigilante de Seguridad y de Vigilante de Explosivos se precisa estar en posesión de la Tarjeta de Identidad Profesional (T.I.P) expedida por el Director General de la Policía según la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada y el Real Decreto 2364/1994.

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